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Vacaciones Progresivas: Todo lo que debes saber

¿De qué se trata este beneficio? Acá te contamos en simple

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🏖️ ¿Llevas años trabajando y te preguntas si te tocan más días de vacaciones? Podrías estar justo a punto de recibir vacaciones progresivas. Acá te explicamos qué son, quiénes las pueden pedir y cómo hacerlo.

Primero, lo básico: ¿qué son y cómo funcionan las vacaciones progresivas?

Es un beneficio adicional a tus vacaciones legales.

📑 En Chile, el feriado progresivo o vacaciones progresivas, es un beneficio que permite sumar un día extra de vacaciones por cada 3 nuevos años trabajados con tu empleador actual. Para acceder, debes tener 120 cotizaciones previsionales (equivalentes a 10 años de trabajo), sin importar si fueron continuos, con distintos empleadores o si tuviste lagunas laborales.

  • Se suman a tus 15 días hábiles legales.
  • Se otorgan mientras mantengas relación laboral con el empleador actual.

¿Cómo funcionan las vacaciones progresivas?







¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder, necesitas:

1. Haber cotizado al menos 10 años en total en el sistema previsional.
No es necesario que los años de cotización sean consecutivos o con el mismo empleador.

2. Haber trabajado al menos 3 años con tu empleador actual. Al cumplir este hito (y teniendo los 10 años base), generas tu primer día extra.

Ojo: A partir de ahí, por cada 3 nuevos años que cumplas con ese mismo empleador, sumarás 1 día adicional más.

¿Cómo calcular vacaciones y cuántos días extra puedo tener?

Años con tu
empleador actual
Días extra
(sumados a tus 15)
Años totales de
cotizaciones (Ejemplo)
3 años + 1 día. 13 años (10 base + 3 actuales).
6 años + 2 días. 16 años (10 base + 6 actuales).
9 años + 3 días. 19 años (10 base + 9 actuales).
12 años + 4 días. 22 años (10 base + 12 actuales).

¿Cómo se solicitan?

🕶️ ¡Fácil! Sigue estos pasos:

1. Pide el “Certificado de Vacaciones Progresivas” a tu AFP actual (puedes hacerlo 100% en línea desde su sitio web). Este documento valida todas tus cotizaciones, incluso las de otras AFP.

2. Preséntalo a tu empleador junto con la solicitud.

3. Tu empleador confirma y otorga los días extra si cumples los requisitos.

  • Un dato útil: Si cambias de trabajo, pierdes los días adicionales que ya habías ganado (vuelves a tus 15 días base). Los días que no te tomaste te los deben pagar en tu finiquito. El tiempo trabajado sí cuenta para completar los 10 años de cotizaciones, pero con tu nuevo empleador deberás cumplir 3 años más para volver a generar un día adicional de vacaciones.

Por eso, ¡úsalos antes de irte! O acuerda algo con tu empleador antes de cambiar de pega.

¿Te tocan vacaciones progresivas?

Revisa tus cotizaciones, haz el trámite en tu AFP y súmale días al merecido descanso.

Tu historia laboral también suma.

💡 Preguntas frecuentes sobre cómo funcionan las vacaciones progresivas

Sabemos que este tema puede sonar enredado. Aquí te dejamos las respuestas a las preguntas más comunes sobre las vacaciones progresivas.

1. ¿Qué pasa si trabajo part-time?

¡También tienes derecho! Las vacaciones progresivas aplican igual para trabajadores con jornada parcial (part-time), siempre que cumplan los mismos requisitos: 120 cotizaciones base y 3 años con el empleador actual.

2. ¿Me pueden pagar los días progresivos en dinero si no me los tomo?

No mientras sigas trabajando ahí. La ley dice que las vacaciones (progresivas o normales) son para el descanso. La única forma de compensarlas en dinero es si dejas ese trabajo y te las pagan en el finiquito.

3. ¿Es lo mismo calcular vacaciones proporcionales que progresivas?

No. Cuando la gente busca calcular vacaciones (las normales), usualmente se refiere a la regla de 1,25 días hábiles por cada mes trabajado. En cambio, las vacaciones progresivas no se calculan por mes, sino que se suman días extra por cada 3 años de antigüedad con tu empleador.

4. ¿Qué pasa si mi empresa cambió de RUT, pero sigo haciendo lo mismo?

Si fue una fusión, venta o cambio de razón social (y no un finiquito y recontratación), generalmente se reconoce tu antigüedad laboral para no perder el beneficio. Esto se conoce como “continuidad laboral” y tu empleador debe respetarlo.

5. ¿Mi empleador se puede negar a dármelas si cumplo los requisitos?

No. Es un derecho establecido en el Artículo 68 del Código del Trabajo. Si presentas tu Certificado de Vacaciones Progresivas de la AFP (que demuestra tus cotizaciones), tu empleador debe otorgar los días que te corresponden.

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