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Pensión anticipada por enfermedad terminal

En el siguiente video te contamos en pocas palabras en qué consiste y las condiciones para optar a la jubilación anticipada por enfermedad terminal.

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Recibir un diagnóstico médico desfavorable es una de las situaciones más complejas que una persona y su familia pueden enfrentar. En estos momentos, la carga emocional es inmensa y, a menudo, se suma la preocupación por la estabilidad financiera y el costo de los cuidados paliativos. Para mitigar esta angustia, el sistema previsional chileno ofrece una alternativa de pensión anticipada que permite a los afiliados disponer de sus ahorros oportunamente. 

La Ley N° 21.309, vigente en nuestro país, prioriza la dignidad del afiliado en las etapas finales de su vida. Esta ley permite que el capital acumulado durante años de esfuerzo laboral cumpla un rol protector inmediato, flexibilizando las reglas tradicionales de jubilación cuando la salud se ve severamente comprometida.

¿Quiénes pueden solicitar pensión anticipada?

El acceso a los fondos previsionales ante un escenario de salud crítico no está limitado únicamente a quienes están cerca de la edad de jubilación legal. El sistema está diseñado para ser inclusivo, abarcando a diversos grupos de afiliados:

  • Trabajadores activos: personas que cotizan actualmente y que, debido a su condición, deben cesar sus funciones laborales.
  • Pensionados por Retiro Programado: aquellos que ya reciben una pensión pagada por la AFP y pueden solicitar un recálculo de sus fondos.
  • Pensionados por Renta Temporal: personas en periodos de transición previsional.
  • Beneficiarios del Sistema Solidario: quienes reciben la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o el Aporte Previsional Solidario (APS), bajo ciertos parámetros de la ley.

Para calificar, el punto central es que la condición de salud sea certificada como enfermedad terminal, definida como un padecimiento irreversible y progresivo que no cuenta con tratamientos curativos eficaces y que, según el criterio de un médico experto, reduce la expectativa de vida a un periodo inferior a 12 meses.

El proceso de solicitud y validación médica

La agilidad es la piedra angular de este trámite. Conscientes de la urgencia, el proceso se ha digitalizado y simplificado.

  • Ingreso de la solicitud: el trámite comienza con la presentación de los antecedentes en el sitio web de la AFP. Es fundamental contar con el certificado del médico tratante que respalde el diagnóstico.
  • Intervención del Consejo Médico: a diferencia de los trámites tradicionales, aquí interviene un Consejo Médico especializado, dependiente de la Superintendencia de Pensiones. Este organismo tiene la responsabilidad de validar la condición del paciente en un plazo de entre 5 y 7 días hábiles, de modo que el flujo de recursos no se detenga por burocracia excesiva.

Diferencia con la pensión de invalidez

Es común que exista confusión entre este beneficio y la pensión de invalidez. Sin embargo, sus objetivos y estructuras de cálculo son opuestos:

  • Pensión de invalidez: se otorga cuando se pierde la capacidad de trabajo (en grado parcial o total). El cálculo del pago mensual asume que la persona vivirá hasta una edad avanzada (tabla de mortalidad estándar).
  • Ley de Enfermedad Terminal: se asume una sobrevida de 12 meses. Esto resulta en una renta mensual mucho más alta o en la posibilidad de retirar el dinero como Excedente de Libre Disposición.

un doctor entrega documentos en la mano a su paciente

    ¿Cómo se calcula el monto de la pensión?

    La ventaja más significativa de esta ley es cómo se recalculan los ahorros. Mientras que una pensión normal proyecta los fondos hasta los 110 años, en este caso excepcional se hace lo siguiente:

    1. Reserva Técnica: se calcula el monto necesario para pagar una renta mensual durante un año y asegurar las pensiones de sobrevivencia de los beneficiarios legales (como cónyuges o hijos menores), así como la cuota mortuoria (15 UF).
    2. Excedente de Libre Disposición: todo el saldo que exceda esa reserva técnica puede ser retirado por el afiliado en un solo pago. Esto otorga una liquidez inmediata que puede ser fundamental para saldar deudas médicas o asegurar el bienestar de la familia.

    Este mecanismo es un paso hacia un sistema previsional más humano, donde el ahorro individual se pone al servicio de la dignidad del trabajador en los momentos de mayor vulnerabilidad. Si tú o un familiar se encuentran en esta situación, los canales de atención de AFP Capital están priorizados para brindarles todo el apoyo necesario.

    Preguntas frecuentes 

    1. ¿Qué sucede si la persona sobrevive más de los 12 meses estimados? 

    Si el afiliado sobrevive más allá del periodo estimado por el Consejo Médico, no debe devolver el dinero ni pierde su derecho a seguir recibiendo beneficios. La ley protege al afiliado; si aún queda saldo en su cuenta, continuará recibiendo su pensión conforme a las modalidades vigentes del sistema.

    2. Si ya estoy tramitando una pensión de invalidez, ¿puedo cambiarme a este beneficio? 

    Sí. Si un afiliado tiene en curso una solicitud de pensión de invalidez y su estado de salud empeora drásticamente, puede desistir de ese trámite e iniciar una nueva solicitud por condición terminal. Esto suele ser más beneficioso, ya que el acceso a los fondos es más rápido y los montos disponibles para el retiro suelen ser mayores.

    3. ¿Cómo influye el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)? 

    Si el afiliado es un trabajador activo y tiene derecho a la cobertura del SIS, este seguro es el encargado de aportar el capital necesario para completar la reserva técnica. Esto significa que sus ahorros personales quedan "liberados" en su mayoría, lo que le permite retirar una suma mucho mayor como excedente.

    4. ¿El trámite de la pensión anticipada tiene algún costo? 

    No, el trámite es totalmente gratuito para el afiliado. En AFP Capital hemos dispuesto canales digitales para que no sea necesario contratar asesores externos o realizar pagos a terceros. Todo el proceso de validación ante el Consejo Médico es gestionado internamente para garantizar la transparencia y rapidez.

    5. ¿Quiénes son considerados beneficiarios de sobrevivencia en el cálculo? 

    Para realizar la reserva técnica, la ley considera al cónyuge o conviviente civil, los hijos (hasta los 18 años o 24 si están estudiando) y, a falta de estos, los padres que vivan a expensas del afiliado. Es importante tener estos datos actualizados en la AFP para que el cálculo sea exacto.

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