Depósitos Convenidos
Los depósitos convenidos son ahorros adicionales que el trabajador establece con su empleador para aumentar su capital de pensión. Estos depósitos son independientes de las cotizaciones obligatorias y voluntarias y pueden ser una suma fija, un porcentaje de la remuneración o un monto fijo mensual.
¿Cómo funcionan?
Para realizar un depósito convenido, el trabajador debe firmar el "Convenio de Depósitos Voluntarios" con su empleador, disponible en la AFP o en el lugar de trabajo. Es necesario ser mayor de edad y trabajador dependiente.
Beneficios de los Depósitos Convenidos:
- Inversión flexible: puedes invertir en hasta dos de los cinco multifondos de la AFP y cambiar de fondo sin costo.
- Beneficios para el empleador: el empleador recibe beneficios tributarios por financiar estos depósitos.
- Opciones de depósito: puedes acordar un solo depósito o pagos mensuales, con un límite anual de 900 UF por trabajador.
- Mantenimiento durante licencias: si estás con licencia médica, el empleador sigue realizando el depósito.
- Libertad de elección: puedes abrir tu cuenta de depósitos convenidos en cualquier AFP, no solo en la que estés afiliado.
- Retiro de fondos: si cumples con los requisitos al pensionarte, puedes retirar el dinero como Excedente de Libre Disposición, pagando los impuestos correspondientes.
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